Ayudas a la contratación de personas mayores de 50 años
Por Resolución de 15 Noviembre de 2023, la Dirección General de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo procede a la convocatoria del programa de ayudas destinadas a la contratación de mayores de 50 años en situación de desempleo. Esta ayuda se enmarca dentro de la Estrategia Vasca de Empleo 2030, que determina una estrategia orientada a aprovechar plenamente el potencial de aportación laboral de todas las personas residentes en la CAV.
¡Atención! Estas ayudas están vigentes desde el 16 de noviembre de 2023.
- ¿En qué consiste?Es un programa de ayudas específicamente destinado a la contratación de personas que tengan la edad de 50 años y se encuentren en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a un año, siempre que el centro de trabajo se encuentre ubicado en Euskadi.
- ¿Qué condiciones más relevantes deben de cumplir las empresas?
- Tener domicilio social y fiscal o bien un centro de trabajo radicado en la CAPV.
- Si eres una empresa de más de 50 trabajadores, tener un Plan de Igualdad y un Protocolo de Riesgos Psicosociales. vigente.
¡Atención! Quedan expresamente excluidas de estas ayudas: Las Administraciones Públicas, los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado y demás entidades que integren el sector público.
- ¿Qué compromiso adquiere la empresa?
- La creación de empleo sobre la plantilla media existente en el centro de trabajo en la CAPV durante los 6 meses inmediatamente anteriores.
En definitiva, el nuevo contrato tiene que suponer un incremento sobre dicha media.
- ¿Qué características tiene el contrato de trabajo subvencionable?
- Siempre por escrito.
- Duración: Contratos Indefinidos y Contratos temporales de duración mínima de 6 meses.
- Jornada: a tiempo completo o parcial de mínimo un 70%.
- Grupo o Categoría profesional: Es importante que sea el adecuado a su Perfil Profesional entendido como nivel de estudios/formación académica y/o su experiencia profesional previa.
- Retribución Bruta Anual: no puede ser inferior a las establecidas en la siguiente Tabla:
- Supuestos expresamente excluidos;
- Contratos de formación en alternancia, contratos fijos- discontinuos y contratos a través de empresas de trabajo temporal.
- Contratos al cónyuge, pareja de hecho o conviviente, descendientes y en general que tengan una relación de parentesco hasta el segundo grado inclusive con el empresario.
¡Atención! Por empresario se considera a la(s) persona(s) que tiene el control empresarial, ostentan cargos de dirección o son miembros de órganos de administración de las empresas.
- Contratos de empleadas del hogar.
- Contratos con ex empleados, bien de carácter indefinido, bien si han sido temporales en los tres meses previos a la contratación.
- ¿Qué perfil tiene que tener el contratado?
- Edad: 50 años o más.
- Situación profesional: En desempleo, inscrito como demandante de empleo en Lanbide; como mínimo 1 día y como máximo 1 año previos a la fecha de inicio del contrato.
- Perfil profesional adecuado a la oferta publicada por la empresa.
- ¿Cómo se ha de seleccionar a la persona contratada?
- A través de Lanbide. La empresa presentará una solicitud de gestión de oferta por cada puesto de trabajo a cubrir.
- La empresa puede contratar directamente. En este caso Lanbide no gestiona la oferta pero sí emitirá un certificado al contratado que reúne el requisito de tiempo como demandante de empleo hasta la fecha de inicio del contrato.
- ¿Se puede rescindir el contrato de trabajo?
Sí , se puede dar el caso de no superar el periodo de prueba, baja voluntaria, jubilación, muerte, incapacidad o despido no declarado improcedente.
Durante 6 meses para los contratos temporales o durante los primeros 15 meses de los contratos indefinidos, se comunicará tal circunstancia a Lanbide en el plazo de un mes que ajustará el importe de la ayuda al periodo efectivamente trabajado.
¡Atención! Sí el motivo de la salida del trabajador es cualquier otro, – por ejemplo un despido declarado improcedente- la empresa quedará obligada a reintegrar la totalidad de la ayuda recibida.
- ¿Qué cuantía tiene la ayuda?
Sobre el cuadro con las ayudas a tiempo completo, a continuación, es importante tener en cuenta que los importes se verán incrementados de producirse lo siguiente:
- Mayores de 55 años y/o Mujer: + 15%
- Si se ha finalizado una acción formativa con compromiso de contratación subvencionada por Lanbide en los años 2022-2024 y el contrato es indefinido con un 70% o + de jornada: + 10%
- Si se reúnen ambos dos requisitos: +20%
* En el caso de contratos a jornada parcial, el importe de las ayudas se reducirá proporcionalmente
- ¿Cuales son los plazos para tramitarla?
- Si se trata de un contrato TEMPORAL, hasta un mes posterior a la finalización del periodo máximo subvencionable.
- Si se trata de un contrato INDEFINIDO, hasta un año tras su fecha de inicio.
En todos los casos, el programa de ayudas finaliza el 14 de noviembre de 2025 incluido.
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